Employment and pensions

El Tribunal Constitucional se pronuncia en materia de identidad de género

Publicado el 28th octubre 2022

El Tribunal Constitucional analiza la posible discriminación por razón de identidad de género, con motivo del cese de una persona transexual durante el periodo de prueba.

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La sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional de 2 de junio de 2022 (número 67/2022) plantea la especial trascendencia constitucional, ya que es la primera vez que se plantea una denuncia de discriminación laboral por razón de la identidad de género.

El Tribunal Constitucional aprovecha la oportunidad para, en primer lugar, identificar qué se entiende por identidad de género, y en qué medida esta se diferencia de la identidad sexual y, en segundo lugar, analizar si este elemento característico de las personas se integra o no dentro de las categorías sospechosas de ser discriminatorias que recoge el artículo 14 de la Constitución Española, que enuncia la igualdad ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de sexo o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

El Alto Tribunal concluye que la identidad de género es una categoría independiente y diferente de la identidad sexual, pero que también se encuentra amparada por la prohibición de discriminación recogida en el artículo 14 de la Constitución Española y por el derecho a la propia imagen reconocido en el artículo 18 del mismo texto legal.

Con independencia del carácter pionero de la sentencia, en este caso en concreto el Tribunal Constitucional concluye que el cese de la persona recurrente no puede calificarse de nulo por discriminatorio, dado que la empresa demandada ha sido capaz de evidenciar la existencia de causas de despido que nada tienen que ver con la condición de transexual del trabajador.

Aún queda por ver cuáles serán los efectos de esta sentencia en la práctica, es decir, si se incluirán cláusulas de promoción, prevención y eliminación de todo aspecto discriminatorio de las personas LGTB en los Convenios Colectivos, así como procedimientos específicos para que se puedan dar cauce a las potenciales denuncias.

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* This article is current as of the date of its publication and does not necessarily reflect the present state of the law or relevant regulation.

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