Employment and pensions

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña eleva la indemnización por despido improcedente

Publicado el 28th febrero 2023

El Tribunal Superior de Justicia reconoce por primera vez una indemnización superior a la establecida legalmente por despido improcedente tras valorar que el importe de ésta es insignificante, y sin ser lo suficientemente disuasoria para la empresa.

La Sentencia de la Sala de lo Social, sección cuarta, del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 30 de enero de 2023 condena a la empresa a abonar a la trabajadora una indemnización de 3.493,30 euros correspondiente a 48 días por año trabajado, frente a los 941,78 euros que correspondían a la indemnización legal de los 33 días por año.

Resumen del caso:

El Tribunal resuelve así el recurso interpuesto por una trabajadora que fue despedida por la empresa cuatro meses después de su incorporación. La empresa le comunicó el despido objetivo alegando razones productivas y económicas, basándose en la suspensión de servicios ocasionado por la crisis del coronavirus. Reconoció la improcedencia del despido, abonándole así la indemnización máxima legal de 33 días.

Fundamentación:

Los magistrados fundamentan su decisión en los siguientes puntos:

  • Se basan en el convenio 158 de la OIT y la carta social europea, que señala que la indemnización debe ser lo suficientemente alta como para disuadir a la empresa de  despedir.
  • Respaldan la decisión de la empresa de despedir a la trabajadora, pero consideran que la indemnización legal tasada es claramente insignificante, y no compensa el daño producido por la pérdida del puesto de trabajo.
  • Consideran que el ejercicio del derecho a despedir se ha realizado de manera abusiva, amparada en el mínimo coste que suponía el despido por su escasa antigüedad en la empresa. Además, la empresa inició pocos días después un ERTE, sin haber incluido a la trabajadora, quien, además de haber podido conservar su puesto, se hubiese podido acoger a la prestación de desempleo, ya que en el momento del despido, la trabajadora no contaba con la cotización suficiente para acceder a ella.
  • El tribunal admite que el despido "no fue acausal", ya que existían causas económicas y productivas, pero las considera meramente coyunturales.

En definitiva, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña concluye que, cuando la indemnización legal resulte considerablemente insuficiente, se podrá fijar otra superior que alcance a compensar los daños y perjuicios totales que el despido improcedente haya podido causar. Esta decisión genera un debate sobre la suficiencia o del régimen indemnizatorio, pudiendo dar lugar a un eventual endurecimiento del mismo.

Igualmente, el Tribunal insiste en que dicha decisión no se puede extender a todos los casos, y manifiesta que deberá ser el Tribunal Supremo el que termine unificando doctrina.

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* This article is current as of the date of its publication and does not necessarily reflect the present state of the law or relevant regulation.

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