Employment and pensions

El Tribunal Supremo reitera la importancia de pactar de forma pormenorizada los aspectos relativos al período de prueba en los contratos de trabajo

Publicado el 31st mayo 2023

El Tribunal Supremo considera despido improcedente la terminación de un contrato por no superación del periodo de prueba, porque la cláusula del contrato que lo regulaba no especificaba su duración exacta, sino que se limitaba a realizar un remisión a lo establecido en Convenio Colectivo

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La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en sentencia de 12 de abril de 2023, vuelve a recalcar la importancia de pactar correctamente el período de prueba en los contratos de trabajo.

Según el Alto Tribunal, la fijación de la duración del periodo de prueba es un derecho mínimo de los trabajadores, y su falta de especificación clara y concreta en el contrato laboral genera inseguridad jurídica.

La sentencia en cuestión destaca la importancia de la claridad y transparencia en las condiciones de trabajo desde el inicio de la relación laboral.

El caso concreto

La sentencia se refiere a un caso en el que una trabajadora, con contrato temporal de un año, fue despedida por no haber superado el período de prueba.

La trabajadora impugnó esta decisión argumentando que el periodo de prueba carecía de validez por no haberse especificado su duración.

Según el contrato, el período de prueba estaría sujeto a lo establecido en el convenio colectivo de aplicación.  Sin embargo, dicho convenio no establecía una duración precisa, sino que establecía un límite máximo de duración de 6 meses. Por ende, no se podía presuponer automáticamente que el período de prueba acordado coincidiera con ese límite.

Importancia de la fijación por escrito del periodo de prueba

El Tribunal Supremo ha respaldado el derecho que tienen los trabajadores a la fijación por escrito de la duración concreta del periodo de prueba. Ha destacado la importancia de este derecho, ya que durante dicho periodo, tanto el empleador como el trabajador tienen la facultad de rescindir el contrato sin derecho a una indemnización legal, una consecuencia particularmente perjudicial para el trabajador.

En consecuencia, la mera remisión al convenio colectivo o al artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores resulta insuficiente, dado que solo establecen un límite máximo para la duración del período de prueba, sin especificar un plazo concreto. Esta situación genera incertidumbre para la trabajadora, quien desconoce el momento preciso en el que finaliza el período de prueba.

No obstante, se plantea una situación diferente si el Convenio Colectivo de aplicación establece una duración específica para el período de prueba. En tal caso, el período de prueba sería válido siempre y cuando se haga referencia a la duración estipulada en dicho convenio.

Por lo tanto, el Alto Tribunal ha concluido que al no tener validez el período de prueba, la terminación de la relación laboral se considera un despido improcedente. Como resultado, la trabajadora tiene derecho a recibir una indemnización legal de 33 días por año trabajado, o la posibilidad de la readmisión en su puesto de trabajo.

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* This article is current as of the date of its publication and does not necessarily reflect the present state of the law or relevant regulation.

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