Dispute resolution

Se aprueba la inhabilitación del periodo navideño a efectos procesales

Publicado el 25th enero 2023

El pasado 23 de diciembre de 2022 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la disposición por la que se declara inhábiles, a efectos procesales, los días comprendidos entre el 24 de diciembre y el 6 de enero de cada año

El Ministerio de Justicia llevaba tiempo trabajando en esta reforma, y de hecho ya la había incorporado en el Proyecto de Ley Orgánica de eficiencia organizativa del servicio público. Sin embargo, la lenta tramitación parlamentaria ha obligado al Gobierno a introducir la inhabilitación navideña en la Ley Orgánica 14/2022, de transposición de directivas europeas y otras disposiciones para la adaptación de la legislación penal al ordenamiento de la Unión Europea, y reforma de los delitos contra la integridad moral, desórdenes públicos y contrabando de armas de doble uso, que entró en vigor el día de su publicación en el BOE (23 de diciembre de 2022).

El objetivo principal de esta reforma es permitir una mayor conciliación de la vida personal, familiar y laboral a los profesionales que desempeñan su actividad ante los tribunales de justicia.

De esta manera, la normativa publicada declara la inhabilidad del periodo navideño, a cuyo efecto se ha modificado los siguientes artículos: 182 y 183 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, 130.2 de la Ley 1/2000, de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil y 43.4 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

Alcance y novedades

La inhabilitación a efectos procesales no provoca la paralización de la actividad en los órganos y oficinas judiciales, ni afecta tampoco a las causas urgentes ni a las guardias, que seguirán funcionando con normalidad, tal y como sucede durante el mes de agosto.

La principal novedad de esta reforma se encuentra en el cómputo de los plazos procesales, que se interrumpirá durante el periodo indicado, reanudándose automática e inmediatamente después.

Asimismo, durante el periodo de inhabilidad no se realizarán señalamientos, con el objetivo de permitir el descanso a los profesionales de la abogacía, la procura y los graduados sociales.

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* This article is current as of the date of its publication and does not necessarily reflect the present state of the law or relevant regulation.

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