Ley de Movilidad Sostenible: calendario clave de obligaciones y oportunidades hasta 2030
Publicado el 30 de enero 2026
La nueva ley introduce hitos con plazos perentorios de obligado cumplimiento para empresas, administraciones y operadores de transporte
La entrada en vigor de la Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible activa un calendario muy exigente de hitos normativos. ¿Qué cambia, cuándo y cómo puede impactar en tu actividad?
Ley de Movilidad Sostenible: plazos, hitos y obligaciones
| Fecha límite | Hito u obligación | Descripción detallada |
1 enero 2026 (Inmediato) | Criterios de puntualidad RENFE | Restablecimiento de los criterios de puntualidad de RENFE con efectos desde esta fecha, incluyendo devoluciones del 50% por retrasos de 15 minutos y del 100% por retrasos de 30 minutos en servicios de alta velocidad y larga distancia. DA 31ª. |
31 enero 2026 (56 días) | Certificación descuentos transporte insular 2026 | Certificación del descuento del 100% en abonos de transporte público en Canarias y Baleares para el año 2026, aplicable a residentes en servicios regulares de transporte público colectivo de viajeros. DA 34ª. |
4 febrero 2026 (60 días) | Conexión Soria–Calatayud | Establecimiento mediante resolución de las condiciones para la conexión ferroviaria de alta velocidad entre Soria y Calatayud, garantizando la conexión de Soria con la red de alta velocidad. DA 14ª. |
6 febrero 2026 (2 meses) | Plan de choque ferroviario - Fase 1 | Identificación de líneas de tráfico de viajeros (LTV) prioritarias por provincia para mejora de infraestructuras y servicios, atendiendo a limitaciones de velocidad, estado de vía y material rodante. DA 30ª. |
| Plan de atención urgente a pasajeros | Elaboración del plan de atención urgente a pasajeros ferroviarios en caso de incidencias, estableciendo protocolos de información, asistencia y alternativas de transporte. DA 30ª. | |
| Protocolo de análisis de incidencias | Aprobación del protocolo de análisis de incidencias ferroviarias y medidas correctoras, con publicación periódica de información sobre incidencias y actuaciones realizadas. DA 30ª. | |
6 marzo 2026 (3 meses) | Plan de renovación del parque automovilístico | Desarrollo reglamentario del plan de renovación del parque de vehículos, estableciendo medidas de apoyo a la sustitución de vehículos antiguos por otros de bajas o cero emisiones. DA 21ª. |
| Objetivos de energías renovables | Propuesta de disposiciones sobre objetivos vinculantes de energías renovables y reducción de intensidad de gases de efecto invernadero en el transporte, en transposición de la Directiva RED III. DA 23ª. | |
6 abril 2026 (4 meses) | Plan de choque ferroviario - Fase 2 | Resto de medidas del plan de choque ferroviario no incluidas en la Fase 1, completando las actuaciones de mejora en infraestructuras y servicios ferroviarios. DA 30ª. |
6 junio 2026 (6 meses) | Estudio sobre vuelos domésticos | Presentación del estudio técnico, económico, social y ambiental para racionalizar vuelos domésticos cortos con alternativa ferroviaria inferior a 2 horas y 30 minutos, incluyendo audiencia pública y eventual propuesta normativa. DA 16ª.3. |
| Estudio ferroviario en Galicia | Elaboración del estudio de movilidad ferroviaria cotidiana en Galicia, analizando la viabilidad de nuevos servicios y mejoras en la red ferroviaria gallega. DA 19ª | |
| Mapa de capacidad de red eléctrica | Publicación del mapa nacional de capacidad de red eléctrica para puntos de recarga de vehículos eléctricos; las empresas distribuidoras deben remitir la información necesaria en el mismo plazo. DA 28ª. | |
| Estrategia de financiación del transporte público | Elaboración y presentación ante la Conferencia Sectorial de Transportes y Movilidad Sostenible de la estrategia de financiación del transporte público de viajeros. DA 36ª. | |
| Informe sobre transporte a demanda rural | Informe diagnóstico sobre la situación jurídica y operativa del transporte a demanda en zonas rurales, analizando su regulación, funcionamiento y propuestas de mejora. DA 37ª.2. | |
| Relación de instalaciones en puertos | Puertos del Estado publicará la relación de instalaciones y servicios de suministro de electricidad o combustibles alternativos disponibles en los puertos de interés general. Art. 35.4. | |
| 30 junio 2026 | Reglamento de la Oficina del "sandbox" | Aprobación del reglamento por el que se regule el funcionamiento y competencias de la Oficina Gestora del espacio controlado de pruebas para la innovación en movilidad. DF 13ª. |
6 octubre 2026 (10 meses) | Digitalización de documentos de control | El documento de control de transporte de mercancías por carretera y la hoja de ruta del transporte de personas por carretera deben estar disponibles en formato digital. DT 8ª. |
6 diciembre 2026 (12 meses) | Planes municipales de movilidad sostenible | Los municipios entre 20.000 y 49.999 habitantes deben aprobar un plan de movilidad sostenible simplificado, con medidas de movilidad activa, transporte público y distribución urbana de mercancías, revisable cada 6 años con seguimiento trienal. Art. 24.1-2. |
| Bases reguladoras del FECMO | Publicación de las bases reguladoras de las subvenciones del Fondo Estatal de Costes de Movilidad para financiar costes operativos del transporte urbano y proyectos de inversión en movilidad. DF 10ª. | |
| Nuevo mapa concesional estatal de autobús | Aprobación por el Consejo de Ministros del nuevo mapa concesional de transporte regular de viajeros por carretera, definiendo todos los servicios estatales conforme a los nuevos principios de la Ley y previendo coordinación con las comunidades autónomas. DT 2ª.1 | |
| Desarrollo reglamentario Punto de Acceso Nacional | Desarrollo reglamentario del modo de utilización de los datos del Punto de Acceso Nacional Multimodal, estableciendo formatos, protocolos y condiciones de acceso. Art. 91. | |
| Reglamento billetes multimodales | Desarrollo reglamentario de las condiciones para los acuerdos con proveedores de billetes multimodales y las potestades de supervisión de la CNMC sobre estos servicios. Art. 92. | |
| Metodología de emisiones en puertos y aeropuertos | Alcance y metodología para estimar emisiones atmosféricas en puertos y aeropuertos, acordados por los Ministerios competentes en materia de transportes y medio ambiente. Art. 37. | |
| Objetivos "Mercancías 30" | Aprobación de objetivos estimados de reducción de gases de efecto invernadero hasta 2030 vinculados al incremento del uso del ferrocarril de mercancías. DA 9ª. | |
| Señalización de recarga ultrarrápida | Actualización de normas e instrucciones para la señalización de estaciones de recarga ultrarrápida en la Red de Carreteras del Estado. DA 18ª. |
| 1 enero 2027 | Digitalización de datos abiertos | Los proveedores de servicios de movilidad y gestores de infraestructuras deben garantizar el acceso digital a los datos estáticos, dinámicos e históricos definidos en el Anexo I de la Ley, en formatos estándar e interoperables. Arts. 85.2 y 86.2. |
6 junio 2027 (18 meses) | Primer DOMOS | Aprobación del primer Documento de Orientaciones para la Movilidad Sostenible por el Consejo de Ministros, que fija orientaciones generales, objetivos, sendas e hitos, criterios de planificación e indicadores; será vinculante para la Administración General del Estado y condicionará sus ayudas. DA 2ª; art. 15. |
6 septiembre 2027 (21 meses) | Puntos de recarga en grandes instalaciones | Instalación de grupos de recarga de al menos 400 kW (con al menos un punto de 150 kW en corriente continua) en grandes instalaciones de suministro de combustible existentes. DF 20ª |
6 diciembre 2027 (24 meses) | Planes de movilidad al trabajo | Empresas y entidades públicas con centros de más de 200 trabajadores o más de 100 por turno deben disponer de plan de movilidad sostenible al trabajo, negociado con la representación laboral, con soluciones jerarquizadas (movilidad activa, transporte colectivo, bajas/cero emisiones), seguimiento bienal e inscripción en el EDIM. Art. 26.1-2. |
| Marco de actuación en puertos | Las autoridades portuarias deben elaborar un marco de actuación para la eficiencia energética y el suministro de energías alternativas en sus puertos, coordinado con los planes de empresa. Art. 35.5. | |
| Metodologías de evaluación de infraestructuras | Aprobación por orden ministerial de las metodologías de evaluación ex ante y ex post de infraestructuras, incluyendo análisis socioeconómico, ambiental y de emisiones de gases de efecto invernadero. Art. 50.4. | |
| Estrategia Estatal contra la Pobreza de Transporte | Elaboración y aprobación de la Estrategia Estatal contra la Pobreza de Transporte, estableciendo medidas para garantizar el acceso a la movilidad de personas en situación de vulnerabilidad. DA 10ª. |
Hasta 6 diciembre 2028 (24 meses desde aprobación del mapa) | Licitación de concesiones del nuevo mapa | Licitación de todos los contratos de concesión del nuevo mapa concesional de autobuses (2 años desde la aprobación del mapa); el inicio de las licitaciones debe producirse en los primeros 6 meses desde la aprobación del mapa (1 año desde la entrada en vigor de la Ley). DT 2ª.3. |
| 31 diciembre 2029 | Suministro eléctrico a aeronaves | Hito europeo sobre suministro eléctrico a aeronaves estacionadas en aeropuertos de la red transeuropea de transporte (RTE-T). Art. 34.1. |
| Antes de 2030 | Suministro eléctrico en puertos RTE-T | Suministro eléctrico a buques disponible en terminales de pasajeros y portacontenedores de puertos de la red transeuropea de transporte, conforme a la normativa europea. Art. 35.2. |
6 diciembre 2030 (5 años) | Evaluación ex post de inversiones desde 2015 | Evaluación socioeconómica y ambiental de líneas ferroviarias y principales infraestructuras viarias puestas en servicio desde 2015, analizando su rentabilidad real y cumplimiento de objetivos. DA 8ª. |
| A partir de 2030 | Suministro eléctrico en resto de puertos | Suministro en las terminales de los buques de pasaje y portacontenedores del resto de puertos en los que así lo haya decidido el organismo rector del puerto. Art. 35.2. |
* DA significa disposición adicional, DF significa disposición final y DT disposición transitoria.
A raíz del accidente ferroviario de Adamuz ocurrido el 18 de enero, resulta más que previsible una revisión exhaustiva tanto del Plan de atención urgente a pasajeros como del Protocolo de análisis de incidencias establecidos en la disposición adicional trigésima de la Ley de Movilidad Sostenible, ambos con fecha límite de elaboración y aprobación fijada para el 6 de febrero de 2026.
El Plan de atención urgente debe establecer protocolos de información, asistencia y alternativas de transporte para pasajeros ferroviarios en caso de incidencias, mientras que el Protocolo de análisis tiene por objeto analizar las incidencias ferroviarias y definir medidas correctoras, con publicación periódica de información sobre incidencias y actuaciones realizadas.
El trágico suceso de Adamuz evidencia la urgencia de contar con mecanismos robustos y eficaces que no sólo respondan adecuadamente ante emergencias ferroviarias, sino que también permitan identificar fallos sistémicos y adoptar medidas preventivas, por lo que es esperable que ambos instrumentos incorporen lecciones aprendidas de este accidente y refuercen los estándares de seguridad, comunicación y respuesta ante crisis de este calado en el sector ferroviario.
En caso de que desees saber más sobre la cuestión tratada en esta nota, no dudes en contactar a alguno de nuestros expertos mencionados más abajo o con tu contacto habitual en Osborne Clarke.