Reforma integral del marco anticorrupción en España: claves del Anteproyecto de Ley Orgánica de Integridad Pública
Publicado el 6 de marzo 2026
El Anteproyecto endurece las sanciones, refuerza los controles y amplía las obligaciones de cumplimiento para entidades públicas y privadas
En resumen
La nueva Agencia Independiente de Integridad Pública integrará tres organismos estatales existentes bajo una única autoridad.
Se amplían las obligaciones en materia de cumplimiento y protección de informantes, afectando tanto a organismos públicos como a entidades privadas que operan con el sector público.
La fragmentación parlamentaria genera incertidumbre sobre la viabilidad de aprobar la reforma dentro de la presente legislatura.
El 17 de febrero de 2026, el Consejo de Ministros aprobó en primera vuelta el Anteproyecto de Ley Orgánica de Integridad Pública. Esta propuesta normativa forma parte del Plan Estatal de Lucha contra la Corrupción, un marco más amplio que incluye otras iniciativas impulsadas como respuesta al ciclo de casos de corrupción de los últimos años y a las crecientes exigencias europeas en materia de integridad y transparencia.
El texto normativo, actualmente en fase de audiencia e información pública, articula 84 medidas que modifican 18 leyes, incluidas seis leyes orgánicas, y se estructura en torno a cinco ejes fundamentales: prevención, protección de informantes, investigación y sanción, recuperación de activos y promoción de una cultura de integridad democrática.
Entre las principales propuestas del nuevo Anteproyecto de Ley, destacan las siguientes:
Agencia Independiente de Integridad Pública
Una de las propuestas más relevantes es la creación de la Agencia Independiente de Integridad Pública, configurada como autoridad administrativa independiente que tendrá un papel central en las funciones de prevención, supervisión y persecución de prácticas corruptas. Esta nueva entidad será la encargada de coordinar las políticas anticorrupción, proponer mejoras normativas y reforzar los mecanismos de control.
La Agencia integrará tres organismos estatales ya existentes: la Oficina de Conflictos de Intereses, la Autoridad Independiente de Protección del Informante y el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude. Su presidencia deberá ser designada mediante un proceso público, contar con el respaldo del Congreso y ostentar rango de Secretaría de Estado.
Contratación pública
En materia de contratación pública, el Anteproyecto refuerza de forma sustancial la transparencia y la trazabilidad de los procedimientos.
Se dotará de publicidad a la relación de empresas inscritas en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público incursas en prohibición de contratar, de modo que tanto los órganos de contratación como los particulares podrán conocer qué empresas se encuentran inhabilitadas para contratar con las Administraciones públicas.
Además, se cruzará la información de distintos registros administrativos para detectar patrones de influencia indebida e identificar riesgos de corrupción estructural. Este rol lo liderará la Agencia Independiente de Integridad Pública.
Ámbito penal
El Anteproyecto también endurece el régimen sancionador en los delitos de corrupción y contra la Administración pública.
El plazo de prescripción de los delitos de corrupción aumentará de cinco a siete años. Además, las penas máximas de inhabilitación pasarán de 15 a 20 años, periodo durante el cual no se podrá contratar con la Administración ni recibir subvenciones o beneficios fiscales.
En el caso de las personas jurídicas, las multas podrán imponerse por un periodo de hasta diez años, y la cuota diaria máxima será la mayor entre el 50 % de sus ingresos anuales, prorrateado en cómputo diario, o de 20.000 euros.
Asimismo, el tráfico de influencias se castigará con penas de prisión de uno a cuatro años y con prohibición de contratar con el sector público de hasta diez años.
Recuperación de activos
Esta iniciativa normativa refuerza el papel de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos, que tendrá mayor capacidad para localizar y recuperar los fondos públicos desviados. Se contempla la incorporación de mecanismos como el decomiso sin condena y el decomiso de riqueza no justificada, permitiendo la incautación de bienes en las primeras fases de la investigación y aun sin sentencia previa, siempre bajo plenas garantías judiciales.
También se restringirá la progresión al tercer grado penitenciario a las personas condenadas por corrupción hasta que devuelvan íntegramente el dinero defraudado, incluyendo los intereses devengados.
Financiación de partidos políticos
En el ámbito de la financiación de los partidos políticos, el Anteproyecto introduce nuevas exigencias de transparencia y control externo.
Por un lado, se reduce el umbral a partir del cual las donaciones deben hacerse públicas, pasando de 25.000 a 2.500 euros, debiéndose publicar en la web del partido en el plazo de un mes desde su aceptación.
Por otro lado, se impone a los partidos que hayan percibido subvenciones o fondos públicos por importe superior a 50.000 euros la obligación de someterse a auditorías externas e independientes, acompañada de un régimen sancionador más estricto en caso de incumplimiento.
Protección de informantes
Esta iniciativa normativa mejora la protección y garantías de confidencialidad de las personas informantes sobre actos de corrupción.
Para ello, se establece la obligación de que todos los organismos obligados a tener un sistema interno de información dispongan de un sistema de cumplimiento o de integridad.
Además, se amplía la condición de persona protegida hasta los cinco años posteriores al cese de sus funciones y se reconoce el derecho de los informantes a reclamar indemnizaciones por los daños sufridos en caso de represalias, incluidos los daños morales.
Comentario de Osborne Clarke
El Anteproyecto de Ley Orgánica de Integridad Pública representa una reforma ambiciosa del marco anticorrupción en España. De aprobarse en sus términos actuales, supondrá un cambio sustancial tanto para las Administraciones públicas como para las empresas que operan con el sector público y para el conjunto de la ciudadanía, al reforzar las obligaciones de integridad, transparencia y control.
No obstante, el texto deberá someterse a una segunda aprobación por el Consejo de Ministros antes de su remisión a las Cortes Generales. Aunque se prevé que la tramitación parlamentaria pueda iniciarse tras el verano, la fragmentación del actual escenario parlamentario genera incertidumbre sobre la viabilidad de completar el proceso legislativo dentro de la presente legislatura.
Desde Osborne Clarke seguiremos de cerca la evolución de esta iniciativa y sus implicaciones prácticas. En caso de que desees saber más sobre el contenido de este Anteproyecto de Ley, no dudes en contactar con alguno de nuestros profesionales o con tu contacto habitual en Osborne Clarke.