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Aterriza en España el esperado “Sandbox” regulatorio, la transformación digital del sistema financiero

Publicado el 27th enero 2021

Se ha publicado en el BOE la Ley 7/2020, de 13 de noviembre, responsable de introducir en España el "Sandbox", o espacio controlado de pruebas, que permitirá llevar a la práctica proyectos tecnológicos de innovación en el sistema financiero, con total seguridad para los usuarios y respetando el marco legal y supervisor. Esta iniciativa trata de facilitar el proceso innovador con el fin de lograr un desarrollo más equitativo mediante el mejor acceso a la financiación de los distintos sectores productivos.

El 14 de noviembre de 2020 se publicó en el BOE la Ley 7/2020 para la transformación digital del sistema financiero (la "Ley Sandbox"), aprobada por la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital del Senado. Con ella se establece en España un entorno jurídico adecuado para garantizar que el proceso innovador en el ámbito financiero se desarrolla de forma eficaz y segura para los usuarios y consumidores. La puesta en marcha de la Ley Sandbox permitirá crear nuevas iniciativas en el ecosistema Fintech, simplificará el acceso a la financiación, favorecerá una mayor competencia y disminuirá las barreras de entrada.

La principal novedad que trae consigo la Ley Sandbox es la creación de un espacio de pruebas (sandbox) que introduce condiciones seguras para que puedan probarse innovaciones financieras de base tecnológica bajo la vigilancia de las autoridades supervisoras competentes en función del sector en que opere cada proyecto (Banco de España, Comisión Nacional del Mercado de Valores o Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones) y con máximas garantías para los participantes. Así, el ensayo de esos nuevos servicios o modelos de negocios se deberán a la Ley Sandbox, sin estar sometidos a la normativa sectorial en materia bancaria, aseguradora o del mercado de valores. Aquellos que participen en las pruebas tendrán que prestar su consentimiento expreso, los promotores del proyecto deberán disponer de garantías para cubrir posibles daños o perjuicios y el proyecto contará con el seguimiento y diálogo continuo con la autoridad supervisora competente, quien analizará también la viabilidad del proyecto.

En cuanto a lo que respecta a los proyectos elegibles, tendrán la posibilidad de acceder al sandbox aquellos que:

  • aporten una innovación de base puramente tecnológica al sector financiero,
  • estén suficientemente avanzados, esto es, que presenten un prototipo que ofrezca una funcionalidad mínima para comprobar su utilidad y permitir su viabilidad futura, y
  • demuestren que aportan valor añadido en aspectos como la mejora del cumplimiento regulatorio o el aumento de la eficiencia.

El plazo de presentación de solicitudes para acceder al sandbox será del 13 de enero de 2021 al 23 de febrero de 2021, ante la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional. Dicha solicitud deberá acompañarse de una memoria justificativa en la que se explique con detalle en qué consiste el proyecto y que se cumple con los requisitos de acceso al sandbox expuestos en el artículo 5 de la Ley Sandbox. En caso de haber obtenido una evaluación favorable y tras suscribir con la autoridad competente un protocolo en el que se establezcan los términos y condiciones a las que quedará sujeto el proyecto piloto, el promotor procederá a recabar el consentimiento informado de los participantes y a activar el sistema de garantías e indemnizaciones previsto.

De esta manera se garantiza que los proyectos innovadores llegan al mercado habiendo analizado previamente las rigideces que puedan tener con la regulación actual o sus posibles efectos en la protección de los consumidores o la estabilidad financiera. Participantes y promotores serán los primeros beneficiados de la introducción del sandbox en España, en la medida en que los proyectos aprobados habrán pasado el filtro supervisor de las autoridades para el pleno respeto de los derechos de los usuarios y podrán ver la luz proyectos de muy alto nivel que se habían aparcado por no encajar exactamente en la ley.

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* This article is current as of the date of its publication and does not necessarily reflect the present state of the law or relevant regulation.

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