Regulatory and compliance

Medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública

Publicado el 26th enero 2021

El pasado 1 de enero de 2021 entró en vigor el Real Decreto-ley 36/2020 que aprueba una serie de medidas para facilitar la programación y ejecución de actuaciones financiables a través del Instrumento Europeo de Recuperación (el "RDLey), así como para la implementación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, (en adelante, el “Plan”), con la finalidad de impulsar el crecimiento económico y la creación de empleo, reparar los daños causados por el impacto de la COVID-19, impulsar la inversión pública y privada, acelerar la transición ecológica y digital, así como reforzar la resiliencia y la cohesión en el mercado único europeo. El RDLey ha introducido modificaciones en la Ley 6/2018 de Presupuestos Generales del Estado, la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, la Ley 40/2015 del Régimen Jurídico del Sector Público, así como en diversas leyes en materia ambiental. A continuación destacamos los aspectos más relevantes introducidos por el RDLey.

Nuevas formas de colaboración pública-privada y modernización de la Administración Pública

Como principal novedad se crean los “PERTE” -Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica- para aquellos proyectos, únicos o integrados, que cuenten con gran capacidad de arrastre para el crecimiento económico, el empleo y la competitividad de la economía. Los PERTE se configuran como una nueva figura de colaboración público-privada, para los que se abrirá un registro en el que se habrán de inscribir las entidades vinculadas al desarrollo de un PERTE, independientemente de su naturaleza pública o privada. Los PERTE se aprobarán por acuerdo del Consejo de Ministros a propuesta de los departamentos competentes por razón de la materia y deberán ser acompañados de una memoria explicativa y, en su caso, de una explicación de su encaje en el Plan y estarán plenamente sometidos a la normativa de competencia.

Por otra parte, se crean diversos organismos de gobernanza, como la Comisión para la Recuperación, Transformación y Resiliencia, que dirigirá y coordinará el Plan; el Comité Técnico para el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que asistirá y soportará técnicamente a la Comisión; la Conferencia Sectorial del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que tendrá como objetivo la cooperación entre el Estado y las Comunidades Autónomas; Foros de Participación y grupos de alto nivel para contar con la participación de actores relevantes para la ejecución del Plan; así como el Foro de Participación Social para favorecer el diálogo social con organizaciones empresariales y sindicatos.

Se crea un portal web único del Plan para centralizar y canalizar toda la información sobre el mismo destinada a los agentes interesados y relacionados con él, a modo de “ventanilla única”.

Se permite la tramitación anticipada de los expedientes de convenios administrativos y se amplía su duración máxima, pudiendo percibir anticipos en las actuaciones preparatorias que sean necesarias.

Modificaciones normativas dirigidas a agilizar y permitir una ejecución más eficiente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Con la finalidad de conseguir la eficaz ejecución del Plan, el RDLey introduce modificaciones en materia de subvenciones, contratación pública y medioambiente.

  • Agilización de las subvenciones financiables con fondos europeos

El RDLey prevé la tramitación anticipada sin crédito disponible y sin aplicación de los requisitos previstos en el artículo 56 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones a aquellas subvenciones financiables con fondos europeos, cuando se acredite que se ha solicitado la modificación presupuestaria y la concesión quede supeditada a la aprobación de la misma.

Deja de ser necesaria la autorización del Consejo de Ministros para la concesión de subvenciones y ayudas financiables con fondos europeos, así como la autorización del Ministerio de Hacienda para el otorgamiento de subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico, humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.

Se prevén subvenciones de concurrencia no competitiva financiables con fondos europeos cuando financien situaciones concretas que no requieran de valoración comparativa con otras propuestas. En este caso, se podrán dictar las resoluciones de concesión por orden de solicitud hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado en la convocatoria.

Se elevan los umbrales económicos para la presentación de documentación por el beneficiario.

  • Especialidades en materia de contratación pública

Se prevé la tramitación de urgencia en aquellos contratos y acuerdos marco financiables con fondos procedentes del Plan, si en su licitación se observa que la urgencia de la situación impide su tramitación ordinaria. A modo de ejemplo, en el procedimiento abierto, podrán reducirse los plazos hasta la mitad por exceso, salvo el de presentación de proposiciones que será de un mínimo de quince días naturales desde la fecha de envío del anuncio de licitación.

Se elevan los umbrales económicos que permiten acudir a los procedimientos abiertos simplificados, ordinario y abreviado, de modo que resultan aplicables a un mayor número de contratos.

Se promueve la elaboración de pliegos-tipo de cláusulas técnicas y administrativas en contratos que gestionen fondos procedentes del Plan para homogeneizar y agilizar los procesos de contratación.

Se excepciona de autorización para contratar a aquellos contratos y acuerdos que vayan a ser financiados con fondos provenientes del Plan.

En relación al recurso especial en materia de contratación de aquellos contratos financiados con fondos procedentes del Plan y que se hayan tramitado de forma electrónica, se prevé el plazo de diez días naturales a partir del siguiente al de notificación de la resolución de adjudicación para la formalización del mismo, así como el plazo de cinco días hábiles desde la interposición del recurso para que el órgano que vaya a resolver se pronuncie sobre las causas de inadmisibilidad del mismo.

Se posibilita el recurso a medios propios para la ejecución directa de prestaciones propias de los contratos de obras, suministros, servicios y concesión de obras y de servicios, sin que resulte exigible la autorización de Consejo de Ministros que se requiere de manera general en estos casos.

Se amplía el plazo de vigencia de los contratos de suministro y de servicios de carácter energético hasta un máximo de diez años cuando se cumplan ciertos requisitos en el retorno de las inversiones.

  • Especialidades en materia de medioambiente

Se reducen trámites y plazos en los procedimientos ordinario, simplificado o de modificación, tanto de la Evaluación Ambiental Estratégica, como de la Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos en los proyectos iniciados con posterioridad a la entrada en vigor del RDLey. Asimismo, se reducen los plazos de tramitación de las autorizaciones ambientales integradas.

Se excluyen de la evaluación de impacto ambiental aquellos proyectos financiados total o parcialmente con fondos provenientes del Plan cuando sean meras modernizaciones o mejoras de instalaciones ya existentes, no supongan construcción de nueva planta, aumento de la superficie afectada, adición de nuevas construcciones o afección sobre recursos hídricos y a través de los cuales se pretenda mejorar las condiciones ambientales como la eficiencia energética o el empleo de recursos naturales, la reducción del impacto ambiental o la mejora de la sostenibilidad.

Por último, se crea el Fondo de restauración ecológica y resiliencia (FRER) y se modifica del Fondo de Carbono para una economía sostenible (FES-CO2) para impulsar la transición ecológica.

En caso de que desees saber más sobre la nueva regulación contenida en el RDLey y sus posibles repercusiones, no dudes en contactar a alguno de nuestros expertos mencionados más abajo o con tu contacto habitual en Osborne Clarke.

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* This article is current as of the date of its publication and does not necessarily reflect the present state of the law or relevant regulation.

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