Energy and utilities

Tramitación administrativa para la construcción y operación de proyectos de biometano

Publicado el 2nd enero 2024

La producción de biometano ha adquirido una importancia notoria de cara a la transición energética y la reducción de emisiones de carbono a la atmósfera. Dado el reciente interés y mayor impulso a este tipo de proyectos, en este artículo exponemos algunos de los principales permisos y trámites administrativos necesarios para la construcción y operación de una planta de biometano, así como para la distribución del gas generado y su conexión con la red gasista.

El biometano

La transición hacia una economía más verde y sostenible es uno de los principales motores en el panorama político actual, tanto a nivel nacional como europeo. Los gases renovables van a jugar un papel fundamental en la reducción de emisiones de carbono a la atmósfera, y en particular el biometano, que por sus características promete convertirse en un elemento con gran potencial.

El biometano (CH4) es un gas combustible que se obtiene a partir del biogás, que es un gas renovable compuesto principalmente por metano y dióxido de carbono obtenido a partir de la degradación anaerobia -sin oxígeno- de residuos orgánicos. Con carácter general, para obtener biometano se somete al biogás a un tratamiento conocido como "upgrading", que retira determinadas impurezas del biogás (como, por ejemplo, el CO2), y se logra que el gas alcance una proporción de metano que ronda el 95 %. Este grado de pureza permite su incorporación a la red gasista mezclado con gas natural convencional, de manera que el biometano pueda utilizarse como alternativa al gas natural, para generar electricidad y calor, así como combustible para el transporte terrestre, marítimo e incluso aéreo. 

Infraestructuras necesarias para la obtención de biometano

Las plantas de biometano se componen principalmente de la instalación de upgrading y la infraestructura de evacuación del gas producido hasta el punto de conexión a la red gasista.

Por cuestiones de logística, en la mayoría de casos estas instalaciones de upgrading se ubican en las proximidades de plantas de biogás, tanto en suelo rústico como industrial. De este modo, es muy común que se ubiquen en un mismo punto las instalaciones de recolección de residuos orgánicos, las instalaciones de digestión anaeróbica (plantas de biogás) y las instalaciones de metanación (upgrading) para la producción del biometano que se inyectará posteriormente a la red gasista, o se distribuirá a través de canalizaciones aisladas al consumidor final.

Si bien es cierto que la principal ventaja del biometano es su similitud con el gas natural, el biometano también puede ser destinado a otros fines, como por ejemplo la producción de hidrógeno renovable. 

Tramitación para la construcción y puesta en operación de una planta de biometano

En principio, y sin perjuicio de eventual desarrollo normativo, las plantas de producción de gases renovables no requieren autorización administrativa en materia de energía, pero sí deberán obtener la correspondiente autorización ambiental integrada, así como las licencias urbanísticas que correspondan.

Teniendo en cuenta que la finalidad principal de la producción del biometano sería su distribución a través de la red gasista o a través de canalizaciones aisladas, las instalaciones requeridas deberán contar con los permisos que resulten aplicables en función del tipo de infraestructura (permisos de conexión, autorizaciones en materia de energía, etc.).

Permisos medioambientales

El creciente interés en este tipo de proyectos no viene acompañado, como viene siendo habitual, de normativa que contemple sus particularidades y los regule. A nivel medioambiental resultan de aplicación el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación y la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. Según esta normativa, la producción de biometano quedaría encuadrada dentro de las "instalaciones químicas para la fabricación de productos químicos inorgánicos como gases (…)".

Este tipo de instalaciones están sujetas a la previa obtención de una Autorización Ambiental Integrada (AAI). Esta autorización, de competencia autonómica, será otorgado por la Consejería competente en materia de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma donde se ubique la instalación.

La AAI es una figura de intervención administrativa que sustituye y aglutina al conjunto disperso de autorizaciones de carácter ambiental exigibles. Algunas de las autorizaciones que se integran dentro de una AAI son: (i) la autorización de emisiones atmosféricas, que establece los límites máximos de emisión de contaminantes atmosféricos para la actividad industrial; (ii) la autorización de vertidos, que establece las condiciones para la evacuación de aguas residuales y vertidos; (iii) la autorización de residuos, que establece la gestión de los residuos generados por la actividad industrial; (iv) la autorización de consumo de agua, que establece los límites de consumo de agua y las condiciones para su utilización; (v) la autorización de ruido, que establece los límites de ruido generados por la actividad industrial; (vi) la autorización de almacenamiento de productos químicos, que establece las condiciones de almacenamiento de sustancias químicas peligrosas y (vii) la autorización de uso de suelo, que establece las condiciones para la ocupación del suelo por la actividad industrial.

Tramitación de conexión a la red gasista

Para aquellos proyectos de generación de biometano que se plantean como fin último su inyección a la red gasista a través de líneas directas, los promotores deberán realizar una solicitud de conexión a dicha red. Es importante recalcar que la mera solicitud de conexión no supone ningún coste ni vinculación para el solicitante, es decir, se puede solicitar la conexión sin necesidad de prestar garantías o asumir otros compromisos económicos.

En el caso de que la conexión se realice en la red de transporte, una vez concedido el punto de conexión por parte de Enagás, el solicitante deberá aceptar las condiciones técnico-económicas que se emitan (CTEs) y suscribir el contrato de encargo con Enagás. A partir de la firma del contrato se deberán efectuar los pagos que resulten del contrato -aportando garantías económicas respecto de los pagos futuros recogidos en dicho documento- y se podrá comenzar la ejecución del proyecto.

Para el caso de que la conexión se vaya a llevar a cabo en las redes de distribución de gas natural, los titulares de dichas instalaciones de distribución deberán permitir la utilización de las mismas a los titulares de las plantas de generación de gases renovables que cumplan las condiciones exigidas, sobre la base de principios de no discriminación, transparencia y objetividad. En este sentido, está previsto que la CNMC apruebe una Circular con la metodología y las condiciones de acceso y conexión, que comprenderá el contenido de las solicitudes y permisos, los criterios económicos, los criterios para la evaluación de la capacidad, los motivos para su denegación, el contenido mínimo de los contratos y las obligaciones de publicidad y transparencia de la información relevante para el acceso y la conexión a las redes de distribución de gas natural.

Asimismo, con la modificación de la Ley de Hidrocarburos a través del Real Decreto-ley 6/2022, se incorporó la posibilidad del suministro de gases renovables también a través de canalizaciones aisladas, es decir, no conectadas al sistema gasista, y que sirven como suministro de gas directo al consumidor final. Estas instalaciones son declaradas de utilidad pública a los efectos de expropiación forzosa y ejercicio de la servidumbre de paso necesaria. Para conocer más detalles sobre estas figuras claves para el suministro de gases renovables, véase nuestra publicación sobre hidrógeno renovable en la que se trata esta cuestión.

Permisos sustantivos

Tal y como se ha explicado, en puridad, la planta de biometano no necesita de otros permisos adicionales que el trámite medioambiental ya explicado y los permisos municipales requeridos (licencia de obras, etc.), los permisos urbanísticos pertinentes, así como cumplir con todos los requerimientos de la normativa de seguridad industrial aplicable. 

Sin embargo, las líneas de evacuación asociadas a la planta de producción de biometano requieren de una serie de autorizaciones a otorgar por la Consejería con competencias en materia de energía de la Comunidad Autónoma donde se ubique la instalación. En concreto para su correcta puesta en funcionamiento requerirán de la previa obtención de "Autorización administrativa", "Aprobación del proyecto de detalle" y de "Autorización de explotación" que permitirá en última instancia proceder a la explotación comercial del gas producido.

Con independencia de su presión máxima de diseño, la tramitación de estas instalaciones corresponderá al órgano competente de la Comunidad Autónoma por donde discurren, excepto cuando atraviesen más de una, en cuyo caso la autorización corresponderá a la Administración General del Estado. El procedimiento de autorización descrito requerirá además de informe vinculante del Gestor Técnico del Sistema cuando se trate de líneas directas.

Incentivos a la producción de biometano

Para facilitar e incentivar la comercialización de los gases renovables en general, y del biometano en particular, se ha previsto la creación de un sistema nacional de garantías de origen que permite certificar el carácter renovable del gas y sus principales características. La garantía de origen es un documento electrónico cuya única función es acreditar que una cuota o cantidad determinada de energía se ha producido a partir de fuentes renovables, concretamente, cada garantía de origen se corresponde con la producción neta de 1 MWh de biometano.

El sistema de garantías de origen de gas procedente de fuentes renovables se regula en el Real Decreto 376/2022, desarrollado a su vez por la Orden TED/1026/2022, de 28 de octubre, y se prevé a día de hoy que puedan expedirse tres tipos distintos de garantías de origen: (i) a la producción de biogás; (ii) a la producción de hidrógeno renovable; y (iii) a la producción de gases compatibles con la red, esto es por ejemplo, el biometano.

Para poder resultar tenedor de estas GdOs, los productores de gases renovables, así como el resto de sujetos que pueden ser considerados tenedores, deberán darse de alta en el Sistema de GdO. El Registro de Instalaciones de Producción de Gases Renovables incluirá todas las instalaciones que hubieran sido dadas de alta en este sistema.

A efectos de garantías de origen, en caso de que el suministro se realice a través de canalizaciones aisladas, la inyección del gas renovable en estas canalizaciones deberá ser compatible con el sistema de medición de la Plataforma de GdO; y los puntos de consumo deberán ser dados de alta como puntos de consumo ajenos al Sistema gasista.

En caso de que desees saber más sobre la nueva normativa del sector regulatorio y energético y sus posibles implicaciones, no dudes en contactar a alguno de nuestros expertos mencionados más abajo o con tu contacto habitual en Osborne Clarke.

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* This article is current as of the date of its publication and does not necessarily reflect the present state of the law or relevant regulation.

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