Luz verde de la CNMC a la OPA de BBVA a Sabadell – ¿próximos pasos?

Publicado el 29 de mayo 2025

Ahora que la CNMC ha dado el visto bueno, se espera que la operación sea sometida a mayores condiciones por el Consejo de Ministros

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El 9 de mayo de 2024 se anunció la operación de adquisición de control exclusivo de Banco Sabadell por BBVA a través de una oferta pública de adquisición (OPA) hostil. El 31 de mayo del mismo año se notificó la concentración proyectada a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Dicha notificación puso en marcha el procedimiento previsto en los artículos 55 y siguientes de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC). A continuación, pasamos a recoger los aspectos más importantes y los trámites todavía pendientes para la aprobación de la operación:

Mercados afectados y riesgos potenciales de la OPA

Según señala la CNMC en su resolución, el sector económico afectado en la operación es el financiero, incidiendo especialmente en los mercados de prestación de servicios bancarios y de servicios de pago. En la banca minorista, la concentración derivada de la operación supone la creación de una entidad dominante en varios segmentos del mercado, que podría llegar a tener en ciertos municipios una cuota superior al 50%. En la prestación de servicios de pago, la entidad resultante superaría el 30% de cuota a nivel nacional.

Tras un análisis en primera fase, la CNMC apreció riesgos potenciales para la competencia en los mercados relevantes, concretamente (i) el empeoramiento de condiciones comerciales para particulares, pymes y autónomos de la banca privada, fruto de una posición competitiva preponderante, (ii) la exclusión financiera a clientes, especialmente en zonas rurales, por el cierre de sucursales, (iii) la reducción de crédito a pymes, (iv) el empeoramiento de servicios de las condiciones comerciales aplicadas a empresas en los servicios de adquirencia, suministro y gestión de terminales de punto de venta y servicios técnicos para la aceptación de pagos online y (v) el empeoramiento de condiciones de acceso a cajeros.

Compromisos propuestos por BBVA

Con el fin de remediar los riesgos señalados, BBVA propuso adoptar una serie de compromisos:

  • Informar a los clientes del Banco Sabadell de los cambios de condiciones que les pudieran ser aplicables a sus productos y servicios.
  • Mantener la presencia física en determinados territorios prohibiéndose abandonar ciertos municipios en los que supondría la exclusión del acceso financiero de ciertos colectivos especialmente vulnerables.
  • Mantener las condiciones comerciales en los códigos postales problemáticos para los clientes de ambas partes de oficinas situadas en áreas donde la operación da lugar a un monopolio, duopolio u oligopolio.
  • Mantener las líneas de circulante y el volumen de crédito a pymes conservando la financiación a corto plazo que las pymes y los autónomos tuvieran contratadas con Banco Sabadell, así como el volumen de crédito a medio y largo plazo de los clientes pymes, especialmente en determinadas comunidades autónomas más afectadas por la operación.
  • Garantizar acceso transitorio a los clientes del Banco Sabadell a los cajeros que eran titularidad de Sabadell en las mismas condiciones y a no modificar la política actual de comisiones que Sabadell aplica a entidades con las que no tiene acuerdos de acceso a cajeros.

Aprobación en segunda fase y próximos trámites

Ante la posibilidad de que la concentración pudiera obstaculizar la competencia efectiva en el mercado relevante (al considerar la CNMC que no se podía concluir en primera fase que los compromisos presentados resolvieran todos los problemas identificados, lo que es habitual para este tipo de operaciones), el 12 noviembre de 2024 tuvo lugar el acuerdo de paso a segunda fase.

En el marco de esta segunda fase, el 30 de abril de 2025, la CNMC aprobó la operación al considerar los compromisos propuestos por BBVA como adecuados, suficientes y proporcionados para resolver los riesgos potenciales para la competencia detectados. 

Siguientes pasos y el (limitado) papel del Poder Ejecutivo

La LDC establece que las resoluciones en segunda fase que subordinen la autorización de las operaciones al cumplimiento de compromisos o condiciones no serán eficaces ni ejecutivas y no pondrán fin a la vía administrativa hasta que (i) el Ministro de Economía, Comercio y Empresa haya resuelto no elevar la concentración al Consejo de Ministros, (ii) haya transcurrido el plazo legal para ello o, en su caso, (iii) el Consejo de Ministros adopte un acuerdo sobre la concentración.

En virtud de lo anterior, el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa recibió notificación de esta decisión para llevar a cabo la denominada tercera fase del procedimiento, con ello se abrió un plazo de 15 días hábiles (finalizado el 27 de mayo de 2025) para que el Ministerio decidiera si procedía su elevación al Consejo de Ministros. La LDC no contempla la posibilidad de que el Consejo de Ministros pueda impedir concentraciones autorizadas por la CNMC, lo que sí permite es que incluya nuevas medidas o condiciones lo que va a tener influencia directa en el desarrollo de la Operación.

Tanto el Ministerio, a la hora de decidir elevar la cuestión al Consejo de Ministros, como el Consejo de Ministros tienen en cuenta para tomar sus decisiones razones de interés general distintas de la defensa de la competencia. 

La consulta pública

Antes de decidir si la OPA ha de ser elevada al Consejo de Ministros. En esta operación, por primera vez, el Ministerio ha considerado oportuno emplear el mecanismo de consulta pública, con el objetivo de recabar, directamente o a través de organizaciones representativas, la opinión de las personas físicas o jurídicas potencialmente afectadas por la operación antes de decidir si la operación de concentración bancaria se eleva o no a Consejo de Ministros.

Esta consulta pública, cuyo periodo para participar finalizó el 16 de mayo de 2025, ha sido objeto de críticas por diferentes agentes del sector por aspectos como su informalidad, señalándose directamente algunos aspectos de esta como la falta de herramientas para poder contrastar que los datos de identidad no sean ficticios. Por otro lado, el Ministerio de Economía ha trasladado un mensaje de confianza y rigurosidad, asegurando a los interesados que la información va a ser depurada y contrastada para que no haya suplantaciones de identidad ni datos identificativos falsos, evitando igualmente las entradas de información repetidas.

Como era previsible, el Ministerio decidió el 27 de mayo de 2025  elevar la cuestión al Consejo de Ministros, teniendo un plazo máximo de un mes para adoptar y notificar una decisión. Transcurrido dicho plazo sin que el Consejo de Ministros haya adoptado una decisión, la resolución expresa del Consejo de la CNMC en segunda fase será eficaz, inmediatamente ejecutiva y pondrá fin a la vía administrativa.

Comentario de Osborne Clarke

Se espera que el Consejo de Ministros opte por la adopción de nuevas condiciones. Por ejemplo, se ha especulado con que se incluya la condición de la venta de una parte del negocio del Sabadell. Algunos precedentes de intervención del Consejo de Ministros en tercera fase son la fusión de Antena 3 y La Sexta, en la que modificó las condiciones impuestas por la predecesora Comisión Nacional de la Competencia para aminorar el rigor de las condiciones de la resolución de control de concentraciones, o la fusión de Orange y MásMóvil, en la que se incluyeron nuevos compromisos.

A este respecto, la Unión Europea ha amenazado con expedientar al Gobierno Español si bloquea la OPA de forma injustificada. Desde la Comisión Europea no se ve motivos para que en esta tercera fase se bloquee la operación y advierte de que vigilará que cualquier decisión que se adopte al respecto se ajuste a la normativa europea.

Una vez que el Consejo de Ministros tome una decisión, el BBVA podrá optar por retirar la OPA. En caso de no hacerlo, la operación será remitida a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) para la aprobación del folleto correspondiente. Este organismo ha estado colaborando con el BBVA durante meses en la elaboración del documento, por lo que, en teoría, su aprobación no debería tardar demasiado, previéndose que tenga antes de que termine julio de 2025. En dicho momento comenzará el plazo de aceptación de la OPA para los accionistas del Sabadell, que el BBVA puede fijar en entre 30 y 70 días.

En caso de que desees saber más sobre la aprobación de la OPA al Banco Sabadell por BBVA o sobre cualesquiera otras cuestiones en materia de competencia, no dudes en contactar a alguno de nuestros expertos mencionados más abajo o con tu contacto habitual en Osborne Clarke.

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* This article is current as of the date of its publication and does not necessarily reflect the present state of the law or relevant regulation.

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