La imposición de sanciones como nueva medida para luchar contra la morosidad empresarial

Publicado el 21st marzo 2018

El Congreso de los Diputados responde, mediante la tramitación de una Proposición de Ley de refuerzo de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales, al requerimiento de la Unión Europea de garantizar la correcta aplicación de su Directiva (2011/7/UE) en materia de morosidad, creando para ello un régimen sancionador contra las empresas morosas.

La lucha contra la morosidad tomó relevancia en España a partir de la publicación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre (transposición de la Directiva 2000/35/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de junio de 2000). No obstante, y a pesar de las distintas modificaciones a dicha ley, su eficacia se ha visto en entredicho a lo largo de estos años, ya que la morosidad en España continúa siendo una constante en las operaciones comerciales, debido, principalmente, a la ausencia de medidas coercitivas para hacer cumplir la ley.

Dicha falta de cumplimiento ha llevado a la Unión Europea a advertir y requerir formalmente a España (junto a Grecia, Italia y Eslovaquia) la correcta aplicación de su Directiva en materia de morosidad.

La Proposición de Ley presentada ante el Congreso de los Diputados  en respuesta al requerimiento de la Comisión Europea pretende, principalmente, reformar la norma vigente, incluyendo, como elemento diferenciador, un régimen de infracciones y sanciones (hasta ahora inexistente) cuyas cuantías, en los casos de mayor gravedad, podrían superar los 800.000 euros de multa. Asimismo, para facilitar la labor sancionadora, se propone que el Ministerio de Hacienda habilite un Buzón de Lucha contra la Morosidad, que actuaría como canal de denuncia o whistleblowing, para la comunicación anónima de las supuestas infracciones en materia de morosidad.

Además de lo anterior, la propuesta establece una delimitación más precisa de los supuestos de nulidad de cláusulas contractuales y regula un Sistema Arbitral de Morosidad (que deberá ser desarrollado reglamentariamente), el cual actuaría como un sistema extrajudicial de resolución de conflictos, cuyo sometimiento sería obligatorio en los contratos celebrados con empresas públicas. En aras a la transparencia, se incluye además una obligación para empresas y Administraciones de hacer públicos sus periodos medios de pago.

Finalmente, y con el objetivo de reforzar el control institucional se propone la creación de un observatorio de la Morosidad adscrito al Ministerio de Hacienda y Función Publica cuyas funciones consistirían en la elaboración de informes y propuestas de actuación en materia de lucha contra la morosidad.

Con esta batería de medidas, el Congreso pretende reforzar el carácter obligatorio y de exigibilidad de la norma, así como dar respuesta a las continuas reivindicaciones de las empresas de poner remedio a la lucha contra la morosidad.

No obstante, a dicha Proposición de Ley todavía le queda un largo camino parlamentario por recorrer, por lo que aún ha de pasar cierto tiempo para poder ver la norma definitiva publicada en el BOE.

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